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Constitución para una Cuba Futura (Propuesta de...)

ESTO ES CHÁ-CHÁ-CHÁ REVOLUCIÓN!


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Preámbulo:

Nosotros, el pueblo de Cuba, deseando establecer una nación libre, justa y próspera, asegurando la máxima libertad individual y un gobierno limitado, reconociendo los errores históricos del comunismo, socialismo y la revolución, y buscando evitar su repetición, proclamamos esta Constitución como la ley suprema de nuestra tierra.



Artículo 1:

Soberanía Popular


La soberanía reside en el pueblo de Cuba, del cual emanan todos los poderes del Estado. El pueblo ejerce esta soberanía mediante el sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.


Artículo 2:

Derechos Humanos y Libertades Fundamentales


Todos los individuos son iguales ante la ley y tienen derecho a la vida, la libertad, la propiedad y la seguridad. Se garantiza la libertad de expresión, prensa, religión, asociación, reunión y comercio. No se permitirá la discriminación por motivo de raza, sexo, orientación sexual, religión, opinión política o cualquier otra condición.


Artículo 3:

Democracia y Pluralismo Político


Cuba es una república democrática basada en el pluralismo político. Se garantiza el derecho a formar y participar en partidos políticos, organizaciones civiles y sindicatos. Las elecciones se celebrarán periódicamente, asegurando la transparencia y la justicia en el proceso electoral.


Artículo 4:

División de Poderes


El Estado se organiza en tres poderes independientes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Ningún poder podrá ejercer las atribuciones de otro. Se establecerán mecanismos de control y equilibrio entre los poderes para prevenir abusos y garantizar el respeto a la Constitución.


Artículo 5:

Estado de Derecho


Cuba se regirá por el principio del Estado de Derecho, en el cual todas las personas y autoridades están sujetas a la ley. Se garantiza un sistema judicial independiente y el acceso a la justicia para todos los ciudadanos. Los tribunales deberán actuar con imparcialidad y celeridad.


Artículo 6:

Economía y Propiedad


Se garantiza el derecho a la propiedad privada y la libre iniciativa económica. El Estado no intervendrá en la economía salvo para proteger los derechos individuales y garantizar la competencia libre y justa. Se prohibirá la expropiación sin justa compensación.


Artículo 7:

Educación y Cultura

El Estado garantizará el derecho a la educación básica gratuita, promoviendo la libertad educativa y la competencia entre instituciones públicas y privadas. La cultura, la ciencia y las artes se desarrollarán libremente sin intervención estatal. Se enseñará la historia del comunismo, socialismo y la revolución como errores históricos para evitar su repetición.


Artículo 8:

Salud y Bienestar Social


El Estado protegerá el derecho a la salud, promoviendo un sistema basado en la libertad de elección y la competencia entre proveedores privados. Se incentivará la creación de redes de seguridad social basadas en la iniciativa privada y comunitaria.


Artículo 9:

Defensa Nacional y el Ejército


  1. El ejército de Cuba tendrá como principal función la defensa de la integridad territorial y la soberanía del país frente a amenazas externas. Su actuación se limitará a la defensa nacional y misiones autorizadas por el poder civil en situaciones de emergencia.

  2. El ejército no podrá intervenir en asuntos políticos internos ni desempeñar funciones de seguridad pública. Su uso debe ser autorizado por el Parlamento en situaciones que no sean de defensa directa.

  3. El servicio militar será voluntario y profesional, promoviendo una fuerza armada comprometida y capacitada. Se garantizarán los derechos laborales y humanos de los miembros del ejército.

  4. El ejército estará bajo control civil, con transparencia y supervisión del Parlamento. Podrá participar en misiones internacionales de paz con la aprobación del Parlamento.


Artículo 10:

Reforma Constitucional


Esta Constitución solo podrá ser reformada mediante un proceso que asegure la participación directa del pueblo, a través de un referéndum. Las reformas deben ser aprobadas por una mayoría cualificada del Parlamento y ratificadas por el voto popular.



Conclusión:


Esta propuesta de constitución para una Cuba futura se enfoca en la soberanía popular, la protección de los derechos humanos, la promoción del pluralismo político, la división de poderes, el Estado de Derecho, la libertad económica, la educación y cultura libres de intervención estatal, un sistema de salud basado en la libre elección, y un ejército limitado a la defensa nacional bajo control civil. Además, reconoce los errores históricos del comunismo, socialismo y la revolución, y establece la educación sobre estos temas para evitar su repetición. La simplicidad y claridad de estos diez artículos permitirán que la Constitución sea conocida y entendida por la mayoría, facilitando su implementación y respeto en la vida cotidiana de la nación.

3 comentarios


La Constitución de 1940 en Cuba es un documento de gran relevancia histórica y jurídica. A continuación, se detalla por qué esta constitución sigue siendo válida y por qué no es necesario crear una nueva:

  1. Legitimidad de la Constitución de 1940:

  • Historia y Aprobación: La Constitución de 1940 fue aprobada en un contexto democrático y representa un consenso nacional de aquella época. Fue un avance significativo en términos de derechos y libertades para los ciudadanos cubanos.

  • No Derogada Formalmente: A pesar del régimen comunista actual, la Constitución de 1940 no ha sido formalmente derogada mediante un proceso constitucional legítimo.

  1. Golpe de Estado Permanente:

  • Régimen Comunista: El régimen comunista de La Habana ha mantenido un golpe de estado permanente, ignorando y…


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Alex S Gonzalez
Alex S Gonzalez
09 jul 2024

Una colección de disparates socialdemócratas. El que escribió este panfleto definitivamente no sabe nada de constitucionalismo.

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¿Y me pueden decir quién es el iluminado que ha creado esta constitución para seguir violando el hilo constitucional y darle continuidad al golpe de estado de la 1959?

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