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Presos Políticos en Cuba: Una Evidencia Irrefutable.


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En el contexto cubano, el sistema judicial y el aparato represivo del Estado han establecido un esquema bien orquestado para negar la existencia de presos políticos, clasificando a quienes manifiestan una opinión contraria al sistema como delincuentes comunes o acusándolos de "delitos contra la seguridad del Estado". Sin embargo, esta estrategia no solo es falaz, sino que también evidencia la naturaleza profundamente política de todas las estructuras legales e institucionales en la isla. Este documento tiene como objetivo definir qué es un preso político, un disidente, un activista y un opositor, y demostrar cómo la realidad cubana está intrínsecamente politizada.


Definiciones Claves


  1. Preso político: Un preso político es una persona privada de su libertad por expresar ideas, realizar actividades, o manifestarse contra el sistema político vigente. Esto incluye:

    • Participación en protestas pacíficas.

    • Denuncias de violaciones a los derechos humanos.

    • Actividades que cuestionen las políticas o la estructura del poder.


  2. Disidente: Persona que, desde dentro del sistema, expresa desacuerdo con las políticas, prácticas o ideología del gobierno. Los disidentes suelen ser perseguidos por cuestionar la narrativa oficial y promover reformas.


  3. Activista: Individuo comprometido con causas específicas, como los derechos humanos, la libertad de expresión o la justicia social. Los activistas suelen organizar campañas y acciones para visibilizar problemas sociales y políticos.


  4. Opositor: Una persona o grupo que trabaja activamente para proponer una alternativa al sistema político vigente. Los opositores buscan un cambio estructural y enfrentan un hostigamiento más sistemático por parte del aparato represivo.


Contexto Legal e Institucional: Todo es Político en Cuba


  1. Constitución de la República de Cuba:

    • La actual Constitución cubana, reformada en 2019, establece en su Artículo 5 que el Partido Comunista de Cuba es "la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado". Este precepto convierte a toda actividad fuera del ámbito del Partido en una amenaza política.

    • El Artículo 45 limita los derechos de los ciudadanos al condicionar su ejercicio al cumplimiento de los fines del "Estado socialista", negando el pluralismo político.


  2. Código Penal Cubano:

    • El Código Penal contiene una amplia gama de delitos con una clara intención política, entre ellos:

      • "Propaganda enemiga" (Art. 103), que criminaliza cualquier opinión contraria al gobierno.

      • "Desórdenes públicos" (Art. 200), utilizado para perseguir a manifestantes pacíficos.

      • "Peligrosidad predelictiva" (Art. 72-74), que permite encarcelar a personas sin que hayan cometido un delito, solo por "posibles" conductas antisociales.


  3. Instituciones:

    • Los tribunales y la fiscalía están subordinados al Consejo de Estado y al Partido Comunista. Esto elimina cualquier posibilidad de imparcialidad judicial.

    • Los Comités de Defensa de la Revolución (CDR) funcionan como una red de vigilancia ciudadana para controlar la disidencia.


Evidencias de la Existencia de Presos Políticos


  1. Tipología de las Sentencias:

    • Los opositores son frecuentemente condenados por "delitos comunes" como "resistencia", "atentado" o "desórdenes públicos". Estas acusaciones son utilizadas para despolitizar sus acciones y desacreditarlos ante la opinión pública.

    • En casos más graves, se les acusa de "delitos contra la seguridad del Estado", como "sedición", aunque las actividades sean estrictamente pacíficas.


  2. Declaraciones de Organizaciones Internacionales:

    • Amnistía Internacional, Human Rights Watch y otras organizaciones han documentado numerosos casos de presos políticos en Cuba, demostrando que las acusaciones de delitos comunes son una fachada para la persecución política.

    • El Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria ha señalado la naturaleza política de muchas detenciones en la isla.


  3. Testimonios:

    • Ex-presos políticos y activistas han denunciado que fueron interrogados y sentenciados exclusivamente por actividades relacionadas con su oposición al gobierno.

    • Las condiciones de encarcelamiento, incluidas las torturas físicas y psicológicas, refuerzan la naturaleza represiva de estas sentencias.


Conclusión

El argumento de que en Cuba no existen presos políticos es insostenible cuando se analizan las leyes, la estructura del sistema judicial y el contexto de las sentencias. La definición de "delincuentes comunes" para opositores, activistas y disidentes es una herramienta propagandística destinada a desacreditar la lucha por los derechos y las libertades. En realidad, todo en Cuba es político, desde la Constitución hasta los delitos fabricados, y los presos políticos son una consecuencia directa de este sistema totalitario. Es imperativo continuar visibilizando esta realidad para desmontar la narrativa oficial y promover el respeto a los derechos humanos en la isla.

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